
“Espectáculo macabro”: Corte confirma multa a Canal 13 por nota “truculenta” sobre homicidio en Graneros
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 400 UTM impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Canal 13, por la emisión de una nota sobre el homicidio de un matrimonio en Graneros que incluyó contenido considerado “truculento y sensacionalista”.
En un fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada rechazó los argumentos de la concesionaria y validó la sanción aplicada por el organismo regulador, estableciendo que la pieza periodística vulneró estándares básicos de respeto a la dignidad de las personas.
Según la resolución, la emisión incluyó la “reproducción nítida y reiterada” del momento en que una de las víctimas es asesinada, incorporando sus gritos y el sonido de los disparos, lo que —a juicio del tribunal— constituye una exposición que “abusa del sufrimiento, del pánico o del horror”.
La Corte subrayó que, si bien el hecho era de interés público, “el derecho a informar no ampara la exhibición de la muerte en directo” cuando existen formas menos lesivas de comunicar los hechos.
Asimismo, el fallo sostiene que la decisión editorial de incluir y destacar el audio del crimen transformó la noticia en “un espectáculo macabro”, afectando tanto la dignidad de la víctima como la de sus familiares.
Respecto del sensacionalismo, el tribunal concluyó que la estructura de la nota buscó generar un alto impacto emocional en la audiencia, lo que configura una infracción incluso sin necesidad de acreditar intencionalidad directa, bastando la falta de diligencia.
También se descartó la defensa del canal basada en entrevistas concedidas por familiares, precisando que dicho consentimiento “no implica autorización” para difundir registros de la agonía de las víctimas, lo que puede generar revictimización.
En cuanto a la sanción, la Corte estimó que la multa de 400 UTM se ajusta a derecho y es proporcional, considerando la gravedad de los hechos y el alcance nacional de la emisión.
De esta forma, el tribunal concluyó que el CNTV actuó dentro de sus atribuciones y confirmó íntegramente la sanción, con el voto en contra del ministro Juan Cristóbal Mera.
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